3.4. GARANTÍAS Y SEGUROS. GARANTÍAS.
Las garantías son muy importantes para los consumidores. Permiten tener la
certeza de que, en caso de vicios o defectos que afecten el correcto
funcionamiento del producto, los responsables se harán cargo de su reparación
para que el producto vuelva a reunir las condiciones óptimas de uso.
Son responsables del otorgamiento y cumplimiento de
la garantía legal los productores, Importadores, Distribuidores y vendedores
del producto.
En caso de que el producto deba trasladarse a
fábrica o taller para su reparación, los gastos de flete y seguro o cualquier
otro que demande el transporte quedan a cargo del responsable de la garantía.
Salvo que esté expresamente previsto en la
garantía, en caso de desperfecto no corresponde exigir el cambio del producto
por uno nuevo; la obligación del proveedor es reparar la cosa y dejarla en
perfecto estado de funcionamiento.
Tres
tipos:
·
Garantía
personal: como, por ejemplo, un aval. Mediante la garantía personal una
persona garantiza el pago de una deuda comprometiéndose a pagar ella en el caso
de que el deudor principal no cumpliese con su obligación.
·
Garantía
real: como la prenda o la hipoteca. En la actualidad la prenda
está derogado por la garantía mobiliaria según Legislación Peruana el deudor
garantiza con un bien el pago de una deuda. En el caso de incumplir,
el acreedor podrá vender el bien y saldar la deuda con el dinero
obtenido, devolviendo al deudor el excedente (si lo hubiese).
·
Garantía
Constitucional: derecho reconocido a todos los ciudadanos por
la Constitución política de un Estado.
SEGUROS.
El seguro supone la transferencia
de riesgos que trata de eliminar algunas de las consecuencias
económicas negativas de los siniestros, de forma que el importe de los
daños o pérdidas que sufre una parte se distribuyen entre una comunidad de
personas que la soporta de forma conjunta, con un efecto mucho menor que si el
daño se presentara de forma individual.
CONTRATO
DE SEGUROS
El contrato de seguro es aquel por el que
el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el
caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a
indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido
al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras
prestaciones convenidas.
El contratante o tomador del seguro, que
puede coincidir o no con el asegurado, por su parte, se obliga a efectuar el
pago de esa prima, a cambio de la cobertura otorgada por el asegurador, la
cual le evita afrontar un perjuicio económico mayor, en caso de que
el siniestro se produzca.
FUENTES
DE REFERENCIA
·
es.slideshare.net/adzemo34/consideraciones-para-la-implementacin-del-rea-informtica.
·
unidad3-diegolopez.blogspot.mx/2014/03/31-niveles-de-planeacion.html.
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